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CASO CONVIAL - VIA EXPRESA DEL CALLAO

 

JUICIO & SENTENCIA

Los magistrados de la Cuarta Sala Penal Liquidadora, y fiscales, responsables de esta aberrante sentencia han sido denunciados penalmente por prevaricato y abuso de autoridad ante el CNM y la OCMA- actualmente tienen abierto un proceso disciplinario por las irregularidades del caso

Qué es el prevaricato?

El prevaricato es cuando un juez hace un mal uso de sus potestades, incumpliendo la ley y/o lesionando los derechos de una determinada persona. 

AlexKouri

INFORMACIÓN GENERAL DEL CASO

 

Este caso fue llevado en la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Suprema, a cargo de los Magistrados:

  • Iván Sequeiros Vargas, Presidente (recientemente promovido a la corte suprema)

  • Victoria Sanchez Espinoza

  • Marco Antonio Lizarraga Rebaza

 

EQUIPO TÉCNICO DE DEFENSA

  • Dr Ricardo Sánchez (abogado original, principal)

  • Dr Edwar Álvarez Yrala (informe oral, audiencia 2 junio 2017)

  • Dr Luis Alberto Bramont Arias (informe audiencia 20 setiembre 2017)

 

SENTENCIA DICTADA 

 

5 años de pena privativa de la libertad efectiva (prisión) y pago de 26 milliones de soles en reparación civil. La sentencia terminaría el 29 de Junio 2021 y está siendo cumplida en la prisión Piedras Gordas en Ancón

La sentencia no puede aun considerarse <<firme>>, ya que el caso ha sido impugnado, habiéndose presentado un recurso de nulidad, por considerarse la sentencia jurídicamente "aberrante" e ilegal, al carecer de los debidos fundamentos, y al haberse violado varios derechos de Álex Kouri. El caso encuentra actualmente siendo revisado por la Corte Suprema, quién deberá decidir en los próximos meses.

De confirmarse la injusticia de ésta sentencia, y restituirse la libertad de Álex Kouri, los magistrados podrían ser acusados de prevaricato (ver definición de prevaricato). La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público.

Dr César Nakazaki - analisis del caso

Entrevista en Exitosa con Phillip Butters 

Phillip Butters - Radio Capital

Explicación del caso con intervención abogado independiente 

VIDEO- De qué se acusa a Alex Kouri?

DE QUÉ SE ACUSA Y SENTENCIA A ÁLEX KOURI?

 

"Colusión desleal agravada" 

Alex Kouri se habría presuntamente coludido (asociado) con:

1. Fernando Gordillo Tordoya (Director General de Desarrollo Urbano Municipalidad Provincial del Callao)--hoy absuelto de dicho delito y libre - caso archivado (ejecutoria suprema No 1109-2014)

2. Mario Ernesto Ángel Guasco, y Javier Lowry Gazzini, representantes del consorcio CCI Concesiones Perú (que luego devino en l aempresa Convial Callao SA), a quien finalmente se le otorga la buena pro para la ejecución de la obra--hoy ambos absueltos de dicho delito y libres - caso archivado

Sin embargo, terminado el juicio oral, la misma sala reconoce "no haber logrado probar..."  que haya habido colusión con los individuos mencionados arriba. Sugiere que podría haber indicios de colusión con otros individuos (o extraneus), los cuales NO formaron parte de la investigación y procedimiento del juicio. Estos nuevos sujetos, no juzgados, son introducidos al final del juicio a modo de contrabando, dos semanas antes de que termine el juicio, para tratar de formar la formula del delito requerido para emitir sentencia, injustamente, y atentando contra los derechos de Alex Kouri.

DEFINICIÓN DE COLUSIÓN DESLEAL AGRAVADA

“…El funcionario o servidor público que, en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o en cualquier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial defrauda al Estado o empresa del Estado o sociedades de economía mixta u órganos sostenidos por el Estado, concertándose con los interesados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 03 ni mayor de 15 años…

Por tanto, se trata de castigar a un funcionario público (intraneus) por tener negociaciones ilícitas con un particular (extraneus) para perjudicar al Estado (generar perjuicio económico al estado). El tipo penal de colusión desleal, que se encuentra contenido en el artículo 384 del Código Penal, requiere que el funcionario público defraude al Estado, ése es su principal requerimiento, para ese fin debe concertarse, fuera de la ley, esto es de manera ilícita con terceros interesados, en cualquier forma de contratación en el que interviene por razón de su función.”

Por lo tanto, se trata de un delito grupal. No se puede acusar a un solo individuo por colusión

Cabe resaltar que TODOS los procesados (denominados "co-acusados" o "co-autores",  inicialmente incluídos en este proceso, han sido absueltos por la Corte Suprema en el 2015. Resulta atípico y aberrante,  un absurdo jurídico, que se sentencia y encarcela exclusivamente a Álex Kouri.

Cuando se habla de colusión AGRAVADA, ello implica un perjuicio económico al estado. 

Sin embargo, es un hecho probado que la municipalidad NO aporto dinero para el proyecto. El Estado no perdió un sol en esto. Existe ya, una Ejecutoria Suprema (recurso de nulidad no 1109-2014, 9 junio 2015) dictada por la Corte Suprema que establece que "no hubo perjuicio económico al estado". Por tanto NO se puede hablar de colusion desleal agravada. Por tanto, la sentencia contradice a la instancia superior, sino que además comete violación de la cosa juzgada.

Ello implica que no se cumplan NINGUNO de los requisitos para considerar éste delito y menos aun sentenciar a Álex Kouri, privándolo injustamente de su libertad.

 

MODIFICACIONES HECHAS AL DELITO DE COLUSIÓN DESLEAL (RESUMEN)

 

Art. 384° CP  Formulación primigenia.

“…El funcionario o servidor público que, en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o en cualquier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial defrauda al Estado o empresa del Estado o sociedades de economía mixta u órganos sostenidos por el Estado, concertándose con los interesados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 03 ni mayor de 15 años…”

 

Formulación modificada por la Ley N° 26713 (Pub. 27.12.1996)

“…El funcionario o servidor público que, en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o en cualquier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial defrauda al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley,  concertándose con los interesados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 03 ni mayor de 15 años…”

 

Formulación modificada por la Ley N° 29703 (Pub. 10.06.2011)

“…El funcionario o servidor público que, interviniendo por razón de su cargo o comisión especial en cualquiera de las contrataciones o negocios públicos mediante concertación ilegal con los interesados defraudare patrimonialmente al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 06 ni mayor de 15 años…”

 

Formulación modificada por la Ley N° 29758 (Pub. 21.07.2011).

 

Sub Tipo Colusión Simple (Hecho Colusorio de Peligro)

“…El funcionario o servidor público que, interviniendo, directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de las modalidades de adquisición o contratación pública de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado concierta con los interesados para defraudar al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 03 ni mayor de 06 años…”

 

Sub Tipo Colusión Agravada (Hecho Colusorio de Resultado)

“…El funcionario o servidor público que, interviniendo,  directa o indirectamente, por razón de su cargo, en las contrataciones y adquisiciones de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado mediante concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 06 ni mayor de 15 años…”

VIDEOS DEL CASO CONVIAL

VIDEO: Alegatos de Defensa, Álex Kouri, juicio oral, Audiencia  23 Junio 2016

VIDEOLectura de sentencia a Álex Kouri, Cuarta Sala Penal Liquidadora, 29 Junio 2016 

 

VIDEO: Álex Kouri es llevado a la carceleta del poder judicial, 29 Junio 2016

 

VIDEO: Declaraciones a la prensa, Álex Kouri- "No le temo a la cárcel, el daño ya está hecho", 29 Junio 2016

 

VIDEO: Álex Kouri es trasladado a Piedras Gordas II en Ancón

VIDEO: Audiencia Corte Suprema, recurso de nulidad a favor de Álex Kouri 2 junio 2017.

NO LE TEMO A LA CÁRCEL

""Confío en que el Poder Judicial logrará corregir esta injusticia y anular la irregular sentencia en mi contra.

Con la bendición de Dios saldremos adelante.

Agradezco al pueblo chalaco por sus oraciones. Este lugar me fortalece para seguir trabajando por mi pueblo. Seguiré adelante por ustedes, que están conmigo, hoy, mañana y siempre!"

(Piedras Gordas II, Ancón, Julio 2016)

ÁLEX

"trabajando para ti, en todas partes..."

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