
AlexKouri
CASO CONVIAL - VIA EXPRESA DEL CALLAO
PREGUNTAS FRECUENTES
PREGUNTAS FRECUENTES
Si la necesidad de la obra Via expresa del Callao´ se estableció en 1995 (antes de asumir Alex Kouri el cargo en el Callao)- porqué no se realizó en ese momento? porque recién se construye en el 2000?
El 3 octubre 1995 , el Estado determina la necesidad de realizar obra "Via Expresa del Callao (Decreto Supremo 016-95-PRES (publicado 5 marzo 1996)
No se contruyó en dicho momento, por FALTA DE FONDOS ESTATALES.
En el año 2000, el Perú, gracias al gobierno del presidente Alberto Fujimori, gozaba de mejor reputación a nivel mundial--lo que provee el clima adecuado para atraer inversión privada. En este contexto, Álex Kouri convoca a una licitación de inversión privada, para poder financiar esta importante (y urgente) obra de relevancia para Lima y Callao. Esto además de solucionar el tema de financiamiento, resultaba positivo para promover clima de inversión que el gobierno buscaba incentivar, para la reactivación económica del país.
La obra Via expresa del Callao´ comprendía solo 2 kms de recorrido?
NO. La obra Via Expresa del Callao, era una obra extensa de 5.5kms, interprovincial que pretendia unir Lima y Callao, desde Javier Prado (pasando luego por La Marina, Faucett) con el objetivo de brindar rápido acceso al Aeropuerto Jorge Chavez., y solucionar el urgente tema de trafico de la zona.
Porqué se escogió al consorcio argentino Convial para realizar esta obra?
De todas las 18 empresas que se presentaron a la licitación de inversión privada que se realizó, Convial era la empresa considerada la mas sólida, solvente y que reunía los requisitos necesarios. A dicha fecha, la empresa Convial tenía mas de US$1500 millones invertidos en Argentina, 11 concesiones en Argentina, 2 en Brasil, 4 en Chile, 1 en Uruguay.
Porqué no se llega a concluir la obra completa?
Falta de solvencia del consorcio argentino deja sin financiación a la obra. La obra fue cancelada por Felix Moreno, quien asume el puesto en el Callao, por llevar retraso y sobrecostos operativos. Alex Kouri no tuvo responsabilidad ni ingerencia alguna--ni en los retrasos, ni en la cancelación de dicha obra. Alex Kouri hubiera deseado dejar su cargo en el Callao, con dicha obra completada con éxito, para beneficio de chalacos y limeños, y de tdos los peruanos y extranjeros.
La empresa supervisora designada por el Estado para dar debido seguimiento técnico y operativo a la obra se llama Alpha Consulting--ellos son finalmente los responsables de su adecuado desarrollo. La empresa supevisora Alpha Consult S.A. con Carta No 104-2004/AC, se dejaba sin efecto el procedimiento de resolución del contrato y cobro de penalidades, dado qu existieron razones suficientes que justificaron la interrupción de la obra. Dicha empresa, NUNCA fue denunciada por el Ministerio Público.
A Álex Kouri lo condenaron por cobrar peaje?
NO. Lo sentencian por colusión (supuestamente por asociarse para defraudar al estado). El peaje NO era cobrado ni por Álex Kouri, ni por la Municipalidad del Callao. Era cobrado por la empresa Convial.
Colocar un peaje en una via que es construida con INVERSIÓN PRIVADA, es perfectamente legal y normal. Como cualquier inversión, todo proyecto debe proveer al inversionista de un retorno a dicha inversión. En este proyecto, los inversionistas argentinos esperaban recibir un retorno de inversión estimado de 14%. Es por ello que se menciona que el negocio está en el peaje.
La obra quedó inconclusa, pero de todas formas la empresa Convial invirtió cerca de US$10 millones de dólares (US$7.5 millones según mencionado en el informe del CIADI 2013). El peaje cobrado no llegó a cubrir esa suma, con lo cual lejos de ganar, perdió.
Cabe resaltar que el Estado no invirtió absolutamente nada en este proyecto. Con lo cual no resulta perjudicado y no se puede hablar de ´perjuicio económico al Estado´.
Qué es reparación civil y cómo se calcula?
Cuando ocurre la comisión de un hecho punible en contra de bienes jurídicos ya sean colectivos o particulares se producen lesiones que derivan del hecho principal, los cuales no son menos perjudiciales que el mismo y por lo tanto le generan al individuo trasgresor sanciones que nuestro ordenamiento jurídico cataloga o define como responsabilidades civiles, estas se encuentran tipificadas en el Código Penal y supletoriamente en el Código Civil. Leer más: http://www.monografias.com/trabajos14/resp-civil/resp-civil.shtml#ixzz4G1SaOmYh
En este caso, la cuarta sala penal liquidadora, llegó a la suma de 26 millones, haciendo un complejo e intricado cálculo que pretende estimar el costo de oportunidad - es decir - cuanto habrían sido las aportaciones al estado, por parte del consorcio argentino Convial, a lo largo de los 30 años que habría durado la concesión (de no haber sido cancelada) y luego haciendo un ajuste 'a dedo'.
Aqui hay múltiples irregularidades:
1) el cosorcio no operó los 30 años (el Estado tampoco buscó reemplazar al Conviarl para concluir la obra)
2) Alex Kouri no es responsable de la interrupción o cancelación de la obra (ni de la insolvencia del consorcio argentino)
3) la recaudación del peaje no era un ingreso de la municipalidad del Callao, (ni de Alex Kouri)
4) la suma en cuestión ($26 millones) es escandalosamente exagerada (al punto de ser irrisoria)- imposible de ser pagada por una persona natural individual.
5) Porqué no se investiga, enjuicia y sanciona a la empresa supervisora de la obra Alpha Consulting?
El hecho de que se le haya impuesto a Álex Kouri una reparación civil de 26 millones de soles, significa que Álex Kouri robó 26 millones de soles?
NO, eso es INCORRECTO. Éste término (reparación civil) confunde a mucha gente, llevándolos a éste error.
Álex Kouri fue acusado de 18 delitos diferentes, lo que le ha significado 12 años de juicio. Uno de los cargos presentados fue el de peculado (ver glosario). Sin embargo, fue debidamente ABSUELTO. Álex Kouri es inocente de haber cometido cualquier delito de robo, apropiación indebida, coima u otro similar.
Porqué se cobraba peaje, por un tramo tan corto de carretera?
El proyecto original, denominado "Via Expresa del Callao", era un extenso proyecto vial, interprovincial, que comprendía varios kilometros y recorridos interconectados. Lamentablemente, por varios factores externos (ajenos al control de Álex Kouri y la Municipalidad del Callao), la obra no pudo completarse. La obra original implicaba una inversión privada (por parte de la empresa Convial) de US$45 millones.
La obra quedó inconclusa, pero de todas formas la empresa Convial invirtió US$6.720.766 millones de dólares. El peaje cobrado habría constituido un retorno a la inversión privada realizada--sin embargo, lo recaudado por el peaje, no alcanzó a dar ganancia alguna. De hecho, la empresa Convial resultó perdiendo financieramente al termino de la relación contractual con la MPC.
Porqué se hablaba del peaje como´negocio´ (ref. vladivideo)?
Una empresa privada invierte su dinero en cualquier proyecto (en este caso, el proyecto vial "Via Expresa del Callao") con la finalidad de obtener un retorno a su inversión. Nadie invierte dinero para no obtener nada a cambio. En ese sentido, el peaje, consistía en el flujo de ingreso para el retorno de dicha inversión. El consorcio argentino Convial, decide invertir en Perú, en ésta obra, con la proyección de recibir un retorno de inversión del 12-14%. Esta tasa es bastante conservadora y favorable al Estado peruano, quien usualmente otorga obras a inversión extranjera que busca un retorno de entre el 22-30%.
Cabe mencionar que la necesidad de realizar dicho proyecto fue establecida como 'urgente' por parte del Estado, en el 1995 (4 años antes de que Álex Kouri estuviese en el cargo público). No se habia realizado debido a la falta de recursos estatales (el Estado no contaba con dinero para dicha inversión). Es por esto que Álex Kouri convoca una licitación pública de inversión privada, para atraer inversionistas privados para realizar dicha obra. Participaon 5 postores y Convial fue seleccionada por haber cumplido con los criterios y requerimientos necesarios .
La empresa supervisora designada por el Estado para dar debido seguimiento técnico y operativo a la obra se llama Alpha Consulting--ellos son finalmente los responsables de su adecuado desarrollo. La empresa supevisora Alpha Consult S.A. con Carta No 104-2004/AC, se dejaba sin efecto el procedimiento de resolución del contrato y cobro de penalidades, dado qu existieron razones suficientes que justificaron la interrupción de la obra. Dicha empresa, NUNCA fue denunciada por el Ministerio Público.
Qué son y qué tienen que ver las 'adendas'?
Gran parte de las consideraciones que uso el tribunal para sentenciar a Álex Kouri en este caso, se baso en las adendas firmadas que, supuestamente, beneficiarían a la empresa Convial (en cuanto a plazos de inicio, presentación de documentos y otras facilidades administrativas). En la opinión de la corte, esto haría sospechar de que podría haber habido algún interés (pero sin ningún valor probatorio, siguen siendo meras sospechas). Las adendas no realizaron para beneficiar a Convial--sino para poder viabilizar el proyecto.en vista de cambios Según el INFORME FINAL DEL CIADI, pagina 182, arbitraje internacional realizado en Washington, Al analizar el texto de dichas Adendas del Contrato de Convial, lo que se deja ver es que solamente se trataban de modificaciones acordadas entre las partes con el objetivo de perfeccionar los términos del Contrato
Irregularidad: Se podría arguir que no se debió firmar las adendas, pero, aún así, no habría delito de colusión desleal agravada. En todo caso, el haber firmado las adendas no tiene una responsbilidad penal (porque no tiene nada que ver el cuestionamiento de realizar una obra o no por cuestionamientos técnicos).
Sobre los informes de Contraloría y su falta de valor probatorio
Cabe señalar que los Informes de Contraloría fueron emitidos en diciembre 2007--siendo el caso que Álex Kouri renuncia a la Alcaldía en marzo 2005.
Los informes especiales de la contraloría, cuyo procurador actuó como parte durante el juicio oral, carece de todo efecto probatorio desde el punto de vista pericial, ya que conforme lo recalco el Tribunal Constitucional es elemento esencial para dotar de la condición de peritaje, que lo efectué un “órgano neutral”.
En efecto, el Tribunal Constitucional en el marco de la sentencia del 9 de noviembre de 2011, Exp.N° 02568 – 2011-PHC/TC, Lima, Lina Del Carmen Amayo Martínez, destaco que: "...se puede determinar, con grado de certeza, la verosimilitud de las afirmaciones efectuadas por la recurrente en su escrito de demanda, esto es, que no ha existido un peritaje efectuado por un órgano neutral a las partes, pues se ha tomado como cierto el informe de presunción de delito formulado por los auditores de la SUNAT emitido al término de las acciones de fiscalización efectuadas en la notaría de recurrente..."
Siendo que en nuestro caso, existe una Pericia Contable Oficial Dispuesta por el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fecha 11/07/11 suscrito por los Peritos Contables: Ilter Romero Dávalos y Juan Jorge Ormaeche Farfan, que tiene toda validez legal, pues nunca fue material de TACHA u otro medio Impugnatorio, ergo mantiene su eficacia y validez legal con grado de certeza absoluta. Los peritos concluyeron que NO HUBO PERJUICIO ECONÓMICO AL ESTADO, al no haber usado fondos estatales la obra Via Expresa Faucett del Callao. Este peritaje determinó la ABSOLUCIÓN de todos los demás co-autores y co-acusados de este proceso.
La Contraloría es un ente del Estado, en un juicio el Ministerio Público (el Estado) se enfrenta al particular--el juez tiene que evaluar ambas posiciones con neutralidad y objetividad. El Estado NO PUEDE SER JUEZ Y PARTE. Por ende, los informes de contraloría no constituyen prueba neutra--y se requiere un peritaje.
Porqué no se cobraron las penalidades del contrato, si se incurrieron en demoras?
La Supervisión de la obra y valorizaciones estaban a cargo de la Empresa Alpha Consult S.A. (certificados de inversión)
La empresa supervisora Alpha Consult S.A. con Carta Nº 104-2004/AC, se dejaba sin efecto el procedimiento de resolución del contrato y cobro de penalidades, dado que existieron razones suficientes que justificaron la interrupción de los plazos de ejecución de la obra.
Dicha empresa NUNCA fue denunciada por el Ministerio Público
Quién es Roberto Dall'Orto? Cuál es su relación con Convial y con Álex Kouri?
Roberto Dall'orto es un accionista minoritario de Convial- tuvo el 0.58% de las acciones del consorcio. En realidad Convial es un consorcio conformado por varias empresas locales y extranjeras (ICCSA, CCI Argentina, CCI Brasil, Concesiones Perú SAC). Roberto Dall'orto poseia el 6% de acciones en ICCSA, equivalente a 0.58% de Convial.
Además está lejanamente emparentado con Claudia dall'orto, ex esposa de Álex Kouri- en cuarto grado de consanguineidad.
Para efectos del juicio contra Álex Kouri, y en vista de que no se logra probar asociación u colusión alguna de Alex Kouri, con ninguno de los acusados, la fiscalía h introducido la posibilidad (sin haberlo probado, y sin que haya sido Roberto Dall'orto procesado) de que el podría ser unos de los implicados. Se atenta contra la presunción de inocencia de Roberto Dall'Orto.
Representa un intento desesperado, difamados y disparatado de buscar algún otro implicado para fundar la falsa condena en contra de Álex Kouri--esta vez explotando el sensacionalismo mediatico que podría generar el que Roberto dall'orto comparta apellido con su ex-esposa- aun cuando la relación familiar es bastante distante y legalmente insignificante.
Quién es Augusto Dall'Orto? Cuál es su relación con Convial y con Álex Kouri?
Augusto Dall'orto es un experto en diseño vial y transporte- ver CV. El Ing Dall'Orto es Ingeniero Civil, Planificador de la UNI, tiene Maestría en caminos, tránsito y transporte del Reino Unido, numerosos cargos públicos y privados en el rubro--con mas de 35 años de experiencia en la materia.
Alex Kouri conoció a Augusto Dall'Orto a través del arquitecto Fernando Gordillo Tordoya, una semana después de la declaratoria de emergencia que llevara a la planificación de la obra Vía Expresa del Callao.
A través de Augusto Dall'Orto es que Álex Kouri conocería posteriormente a su primera esposa, Claudia, madre de sus dos primeros hijos.
Cabe destacar que Augusto Dall'Orto renunció toda participación en el proyecto una vez que se formalizó la relación con su hija, incluso antes de que contrajeran nupcias.
Faltando dos semanas para que concluya el juicio oral a Álex Kouri, y en vista de que no quedaba ningún co-autor o co-acusado en el juicio (al haber sido todos absueltos por la Corte Suprema mediante ejecutoria suprema 1109-2014) en el presunto delito por colusión (que es en si un delito grupal), la procuraduría pretende incorporar a Augusto Dall'Orto al proceso--de forma totalmente irregular. Cabe mencionar que el Ing. Dall'Orto no fue parte del juicio, no fue debidamente investigado, ni procesado, no hay evidencia alguna en su contra. Se busca involucrarlo para tapar las deficiencias del caso y tratar de configurar la formula grupal requerida para colusión--sobretodo en su calidad de ex-suegro de Álex Kouri- por un tema puramente sensacionalista y mediático, que se presta a confusión y difamación.
CRONOLOGÍA DEL CASO- HITOS & FECHAS CLAVE - descargar aqui
3 octubre 1995 Estado determina la necesidad de realizar obra "Via Expresa del Callao (Decreto Supremo 016-95-PRES (publicado 5 marzo 1996)
1998 Álex Kouri es re-electo alcalde del CAllao con 67,2% de votos
10 junio 1999 Declaratoria de emergencia de todas las vías del Callao, priorizando dar solución al problema de tránsito vigente
13 junio 1999 Convocatoria pública de licitación para concesión obra "Via Expresa del Callao" (PROMCEPRI aun no existía, solo COPRI)
1999 Empresa Convial es seleccionada como ganadora de la licitación
30 junio 1999 Resolución Ministerial #276-99-MTC-15.02
1999 Municipalidad del Callao contrata a empresa Convial
6 enero 2000 Cordelica deja sin efecto acuerdo con Invermet y decide entregar a la Municipalidad del Callao para convocar concesión la terminación del eje vial
2000 Se otorga al consorcio argentino Convial la concesión de la via expresa del Callao
2000 Se publican ´vladivideos'
6 junio 2000 Se firma cláusula adicional al contrato con CCCSA (entre Kouri y Guaseo) para ampliar plazo del compromiso por 60 dias
29 agosto 2000 Ibid. Se posterga plazo ara suscribir el contrato final al 28 setiembre 2000
21 set 2000 Ibid. se posterga plazo para suscribir el contrato final a 28 octubre 2000
24 octubre 2000 Ibid. se posterga plazo al 27 diciembre 2000
19 dic 2000 Ibid. Se posterga plazo a Febrero 2001
febrero 2001 Se suscribe contrato final con CCCSA
2002 Álex Kouri sale re-electo como alcalde del Callao
15 enero 2002 Firma primera adenda
Marzo 2005 Álex Kouri renuncia a la alcaldía del Callao
3 marzo 2006 Firma sexta adenda
2007 Álex Kouri es elegido presidente regional del Callao con 49,6% de los votos
Oct 2007 Contraloría General emite informe especial No 172-2007-CG/=EA - "Irregularidades en el sustento de la necesidad de la concesión, concurso de proyectos integrales, suscripción de contrato y ejecución contractual en la concesión de vía expresa del Callao"
Dic 2007 Informe de contraloría presentado al Congreso (informe especial No 240-2007-CG/OEA)
2007 Poder Judicial abre juicio por supuestos delitos de usurpación de funciones y colusión
19 set 2009 Declaración policial de Gordillo Tordoya - negando todo acto de concertacion con Alex Kouri
12 julio 2011 Informe pericial contable del REPEJ (Segundo Juzgado Penal Liquidador Corte Suprema) determina que "no hubo perjuicio patrimonial al Estado", y no es responsabilidad directa del alcalde Kouri supervisar una obra
17 Julio 2012 Las casetas del peaje del Callao son retiradas y derrumbadas
7 mayo 2015 Se abre juicio ante la Cuarta Sala Penal Liquidadora por supuesto delito de colusión desleal agravada
9 junio 2015 Ejecutoria suprema recurso de nulidad No1109-2014- Corte Suprema excluyo definitivamente el perjuicio patrimonial
19 nov 2015 Declaración de Gordillo Tordoya en la corte negando todo acto de concertación. Se concluye que los funcionarios actuaron en ejercicio de su función
18 enero 2016 Resolución de Corte Suprema (ejecutoria suprema 1109-2014) conforma el no ha lugar para Fernando Gordillo Tordoya Edwin Flores Torrejón, Ängel Guasco y Lowry Gazzini (supuestos coautores del delito de colusión con Álex Kouri), así como, no haberse acreditado el término de la defraudación patrimonial--quedando Álex Kouri como único acusado
16 junio 2016 Fiscalía introduce dos nuevas personas extraneus al proceso (supuestos co-autores), por primera vez en el juicio, fuera de toda norma
23 junio 2016 Audiencia de presentación de alegatos de defensa, a cargo de Álex Kouri
29 junio 2016 Lectura de sentencia, fin de juicio oral y sentencia, arresto y traslado a carceleta
30 junio 2016 Traslado a Piedras Gordas II, Ancón
8 julio 2016 Entrega de recurso de nulidad dentro plazo de ley, solicitando la revocatoria de la Sentencia Condenatoria y la absolución de la Acusación Fiscal a Álex Kouri
14 julio 2016 Caso se eleva ante la Corte Suprema
GLOSARIO DE TÉRMINOS JURÍDICOS
Cohecho
El cohecho es un delito que implica la entrega de un soborno para corromper a alguien y obtener un favor de su parte. Lo habitual es que esta dádiva, que puede concretarse con dinero, regalos, etc., sea entregada a un funcionario público para que éste concrete u omita una acción. Lee todo en: Definición de cohecho - Qué es, Significado y Concepto http://definicion.de/cohecho/#ixzz4G1VZxkmq
Colusión
Una colusión es un pacto que acuerdan dos o más personas u organizaciones con el fin de perjudicar a un tercero
Colusión agravada
Es el hecho punible que se configura cuando el agente siempre en su condición de funcionario o servidor público interviene directa o indirectamente en cualquier etapa de las modalidades de adquisición de bienes, servicios públicos o cualquier tipo de operaciones a cargo del Estado, mediante un acto de concertación con los particulares defrauda patrimonialmente al Estado (http://joserocanacion.blogspot.pe/2013/11/delitos-de-colusion.html)
Extraneus
una persona particular (a diferencia de un funcionario público, considerado intraneus.)
Peculado
El término peculado es en el campo del Derecho, la malversación de caudales públicos, un delito consistente en la apropiación indebida del dinero perteneciente al Estado por parte de las personas que se encargan de su control y custodia.
Prevaricato
La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público
REPEJ
Registro de peritos judiciales- realizan las pericias a fin de garantizar a los imputados objetividad en el resultado del proceso, para asegurar que sea un tercero el que resuelva los conflictos jurídicos que puedan surgir entre privados o entre el Estado y los ciudadanos. (En el caso Convial, la Contraloría no puede actuar como ´juez y parte´-- por tanto, debe basarse en los peritos designados del REPEJ)
Recurso de Nulidad
Medio impugnativo que se interpone a fin de recurrir ante la máxima instancia judicial, cuando en el fallo inferior se han violado la forma, la ley o la Constitución.
QUIÉN ES PROF. DR JOSÉ ANTONIO CARO JOHN
Prof. Dr. José Antonio Caro John
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Título profesional de abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
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Magíster y Doctor en Derecho por la Universidad de Bonn (Alemania).
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Profesor de Derecho penal de la Pontificia Universidad Católica del Perú, de la Sección de Post Grado de la Universidad de San Martín de Porres y de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico.
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Profesor de Derecho penal de la Academia de la Magistratura.
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Su línea de investigación se centra en los fundamentos dogmáticos de legitimación del Derecho penal, la teoría de la imputación, delitos contra la administración pública, delito de lavado de activos y delito de lesa humanidad.
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Ha sido becario del Servicio Alemán de Intercambio Académico, del Instituto Max Planck de Derecho Penal Extranjero e Internacional, así como de la Fundación Alexander von Humboldt de Alemania.
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Autor de diversos libros, artículos y traducciones del alemán al español.
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Conferencista en diversos Congresos nacionales e internacionales en temas de Derecho penal.
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Abogado penalista en ejercicio.
QUIÉN ES EL PROF. DR FIDEL ROJAS VARGAS
Prof. Dr. Fidel Rojas Vargas
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PROFESOR DE DERECHO PENAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Y EN LA UNIVERSIDAD PARTICULAR ANTENOR ORREGO DE TRUJILLO.
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EX PROFESOR DE DERECHO PENAL EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Y LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA.
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MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL QUE REDACTÓ EL CÓDIGO PROCESAL PENAL.
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EX MIEMBRO DE LA COMISIÓN REVISORA -CONGRESO DE LA REPÚBLICA- DEL CÓDIGO PENAL,
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EX INTEGRANTE DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DEL MINISTRO DE JUSTICIA,
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EX ASESOR PENAL DE LA FISCAL DE LA NACIÓN,
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EX MIEMBRO DE LA COMISIÓN ANTICRIMEN ORGANIZADO DEL MINISTERIO PÚBLICO,
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EX ASESOR DE LA SUBCOMISIÓN DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL,
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EX CONSULTOR DE LA COMISIÓN TRANSITORIA DEL PODER JUDICIAL,
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EX ASESOR PRINCIPAL EN LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
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AUTOR DE DIVERSAS PUBLICACIONES EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL.
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ABOGADO Y CONSULTOR.


VIDEO- De qué se acusa a Alex Kouri?
"Confío en que el Poder Judicial logrará corregir esta injusticia y anular la irregular sentencia en mi contra.
Con la bendición de Dios saldremos adelante.
Agradezco al pueblo chalaco por sus oraciones. Este lugar me fortalece para seguir trabajando por mi pueblo. Seguiré adelante por ustedes, que están conmigo, hoy, mañana y siempre!"
(Piedras Gordas II, Ancón, Julio 2016)
ÁLEX
"trabajando para ti, en todas partes..."
NO LE TEMO A LA CÁRCEL
"Confío en que el Tribunal Constitucional revertirá esta injusticia
Con la bendición de Dios saldremos adelante.
Agradezco al pueblo chalaco por sus oraciones. Este lugar me fortalece para seguir trabajando por mi pueblo. Seguiré adelante por ustedes, que están conmigo, hoy, mañana y siempre!"
(Piedras Gordas II, Ancón, Julio 2016)